Emilio Schlech (1884-1965), el investigador, defensor y propulsor de la industria azucarera tucumana en la primera mitad del siglo XX, fue autor de una voluminosa Compilación Legal sobre el Azúcar, de catorce tomos, en la que reúne las normas (impuestos internos, primas a la exportación y régimen aduanero) que rigieron la actividad madre de nuestra provincia en ese tiempo. Los tomos se publicaron entre 1939 y 1950, y en este artículo ofrecemos unas consideraciones del autor que prologan la colección, entre ellas medidas vinculadas con la protección aduanera de la industria. La Compilación forma parte del patrimonio bibliográfico de la Biblioteca Alfredo Guzmán de la EEAOC.
Título del libro: Compilación Legal sobre el Azúcar – Legislación Nacional (Impuestros internos, Primas a la exportación y Régimen Aduanero) (Catorce tomos)
Autor: Emilio Schleh
Imprenta Ferrari Hnos – buenos Aires 1939
Un recorrido muy documentado sobre los vaivenes de la industria azucarera argentina de la primera mitad del siglo XX ofrece la colección Compilación Legal sobre el Azúcar, Legislación Nacional, que integra los anaqueles de la Biblioteca Alfredo Guzmán de la Estación Experimental Agroindustrial Obispo Colombres.
Dotada de 14 tomos, la publicación nació a partir de una iniciativa del Centro Azucarero Argentino y fue coordinada por el investigador, periodista y propulsor de la industria azucarera Emilio Schleh (1884-1965).
Los libros fueron apareciendo entre 1939 y 1950, y ofrecen al lector una exhaustiva guía sobre las normas nacionales y provinciales que rigieron la actividad madre de la industria tucumana, incluyendo impuestos internos, primas a la exportación y régimen aduanero, entre otros asuntos, desde principios del siglo XIX hasta mediados del XX.
Hay además numerosos informes y decretos de valor documental para el investigador y de interés para el lector lego interesado en la historia de nuestra industria.
Las normas analizadas por Schleh van desde la elevación de los derechos aduaneros para la importación a fines del siglo XIX, hasta aquellas que fomentaban la venta al exterior de nuestros productos azucareros mediante “primas a la exportación”.
Sobre lo primero, escribe el investigador tucumano que “por iniciativa del Club Industrial que se fundara en 1875 en la Capital Federal, los diputados nacionales Miguel Cané, Carlos Pellegrini, Vicente Fidel López y Santiago Alcorta iniciaron en ese año en el Congreso una campaña memorable en pro de la elevación de los derechos aduaneros a la importación, como el medio más eficaz de fomento de las industrias, que se encontraban estancadas desde la época de la constitución definitiva del país, a causa principalmente de la amplia libertad aduanera existente que no permitía la lucha comercial de los artículos de producción interna con los artículos importados”
En cuanto a las primas de exportación, aporta Schleh que “hasta 1895, fuera de las dificultades por las que atraviesa toda industria en formación, la del azúcar no sufrió mayores tropiezos. El producto nacional abastecía hasta entonces en gran parte del consumo, y las entradas del producto extranjero disminuían cada año. Es decir, gradualmente se capacitaba la industria nacional para satisfacer en su totalidad la demanda del país, lo que acontece en 1894, año en que la producción alcanza 85 mil toneladas, mientras el consumo solo llega a 71 mil toneladas”.
Sin embargo, escribe Schleh, en el año siguiente -1895- la cosecha de solo Tucumán fue de 109 mil toneladas, y la de todo el país de 130 mil. Como el consumo apenas alcanzaba ese año a 75 mil toneladas, quedó un sobrante de 55 mil toneladas, que con la cosecha de 1896 llegó a 163 mil, que formaban un total de 218 mil toneladas para atender el consumo de ese año, que era de 79 toneladas. Había así, en 1896, un sobrante de 139 mil toneladas.
La situación solo podía empeorar con las cosechas de los años próximos, y llevó a que el Centro Azucarero gestionara, con fecha 4 de diciembre de 1895, el establecimiento de un impuesto interno al azúcar “con el objeto de destinar parte de lo que él produjera a primas a la exportación del azúcar, pues ante el excedente de la producción nacional no quedaba sino el recurso de la exportación, difícil por esos años en que los azúcares tanto en Francia como en Alemania y otros países recibían fuertes primas a la exportación”.
El 19 de enero de 1897 se sancionó la ley 3469, que establecía que todos los azúcares que se produjeran en el país o se importasen pagarían un impuesto interno de 6 centavos por kilo; en cambio del referido impuesto, el P. E. entregaría un certificado que daría derecho al tenedor para exportar una cantidad igual al 35% del azúcar sobre el cual se hubiera pagado impuesto, y recibir en devolución 12 centavos por kilo de azúcar exportado.
Más adelante razona el autor que “en cuanto a las primas, si ellas favorecieron a los industriales -sin sacrificar al consumidor, que contaba con un producto noble y barato-, también favorecieron al fisco; pero sobre todo beneficiaron a la industria, que merced a ellas puedo sostenerse en la primera gran crisis que la afectó. Bajo el imperio de esta ley, el fisco percibió 57 millones de pesos por concepto de impuesto interno aplicado a 1 millón de toneladas de azúcar de producción nacional e importada durante los nueve años de existencia de ese impuesto”.
Entre otros asuntos y a través de los sucesivos tomos a través de los años, analiza Emilio Schleh cuestiones como las dificultades para exportar en los primeros años del siglo XX (con la aparición de derechos aduaneros prohibitivos a los azúcares de las naciones que acordasen primas a la exportación y producción), las primeras “leyes limitadoras” de Tucumán (cuando la Legislatura de Tucumán sancionó en 1902 una ley que limitaba la producción de azúcar y disponía que esta no podía pasar ese año de 75 mil toneladas) y el contrapeso cíclico de los años de cosechas insuficientes y la incapacidad de satisfacer al mercado interno (cuando hubo que permitir la importación del producto), entre otros vaivenes.